¿Por qué auditar las cuentas?
La auditoría de cuentas anuales puede realizarse de forma voluntaria por parte de la Sociedad (para disponer de una información veraz, comprobada y confiable), o de forma obligatoria en cumplimiento de la normativa aplicable.
Límites de Auditoría de cuentas:
En general, deben ser auditadas aquellas sociedades que durante dos ejercicios consecutivos superen, al cierre del mismo, 2 de los 3 límites que establece la ley de sociedades de capital:
El total de su activo supere 2.850.000 euros.
El importe neto de su cifra anual de negocios supere 5.700.000 euros.
El número medio de empleados durante el ejercicio sea superior a 50.
Aunque, independientemente de los límites establecidos en el anterior párrafo, existen otros supuestos de obligatoriedad, tales como ser una EIP, percibir subvenciones o contratar con la Administración Pública por un importe superior a 600 mil euros.
Otros Servicios de Auditoría:
Revisiones limitadas o Auditoría de Balance, Auditoría de estados financieros intermedios, Informes especiales que requieran revisión de auditor por imperativo legal (p.ej. ampliación de capital por compensación de créditos o reducción de capital por compensación de pérdidas, etc.).
Contamos con una gran experiencia en elaboración de informes de auditoría para subvenciones de cuentas justificativas de distintos programas.
A modo informativo y no limitativo, realizamos revisiones de:
Programas Europeos:
Fondos FEDER:
Acciones de Cooperación para el desarrollo ante entidades concedentes.
Servicio valenciano de Empleo y Formación (SERVEF).
Consellería de Hacienda y Modelo Económico.
Estamos a disposición de los clientes para darles apoyo en la realización de cualquier tipo de trabajo como:
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